Guarda y Custodia Cádiz
GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA
La guarda y custodia de los hijos es una parte importante de cualquier familia. Cuando los padres se reúnen para organizar su plan de guarda y custodia en Cádiz después de una anulación, separación o divorcio, les permite tomar decisiones sobre cómo van a cuidar a los hijos respetando los derechos de cada uno y las necesidades de los mismos.
Esto puede ejercerse a través de la guarda y custodia conjunta en Cádiz, en la que ambos padres comparten la responsabilidad sobre decisiones importantes como dónde vivirá el niño o si va a la escuela, así como la guarda y custodia exclusiva o monoparental, en la que una persona tiene el control total sobre estas cuestiones sin la aportación del otro.
Cuando una pareja rompe su vida en común, ya sea tras un divorcio o una separación, la guarda y custodia de los hijos siempre tendrá la posibilidad de ser compartida por ambas partes.
En otras palabras, el cuidado, la educación y, en general, la convivencia habitual de los hijos menores puede atribuirse a sus dos progenitores, en igualdad de condiciones y derechos. Este régimen de guarda y custodia en Cádiz se denomina guarda y custodia compartida. La guarda y custodia es compartida por ambos progenitores en igualdad de condiciones y derechos.
Los hijos menores pueden estar en compañía de sus padres en periodos alternos, normalmente cada dos semanas o dos días consecutivos con cada uno de los padres y en fines de semana alternos.
La primera opción ofrece más tiempo juntos, pero proporciona un campo de juego desigual; de 7 a 5 los días laborables con solo una noche cada fin de semana con mamá o papá. La segunda opción ofrece un campo de juego uniforme con cada uno teniendo los mismos parámetros de programación todos los días pero con más tiempo juntos los fines de semana.
Hasta no hace mucho tiempo, la guarda y custodia monoparental o también llamada guarda y custodia exclusiva, era el tipo de guarda y custodia en Cádiz más extendida. En cambio en la actualidad, la guarda y custodia compartida es la opción mayoritaria entre las parejas que deciden separar sus caminos con un divorcio o una separación.
PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA
En este apartado, lo importante es saber diferenciar entre dos aspectos que suelen llevar a la confusión, pero que realmente significan cosas muy distintas aunque guarden relación. Estos aspectos son la guarda y custodia y la patria potestad.
La guarda y custodia en Cádiz es entendida como la determinación de con cuál de los progenitores convivirá el o los hijos tras un divorcio o separación de sus padres, quién se hará cargo del día a día con ellos. La guarda y custodia no tiene por qué pertenecer solo a una de las partes, como hemos visto anteriormente, ya que puede ser una guarda y custodia compartida.
Por otro lado, la patria potestad se refiere a un derecho y un deber de los padres del menor, relacionados con la representación y el cuidado de los hijos: alimentación, vestido, vivienda, educación, atención sanitaria, etc. Normalmente esta patria potestad se extiende hasta la mayoría de edad y puede prolongarse más allá si es necesario; sin embargo, hay ciertas circunstancias en las que uno de los progenitores puede perder su derecho a opinar sobre la vida de su hijo sin que sea adulto.
Así que, como podemos ver, cuando una pareja con hijos decide divorciarse o separarse, la patria potestad siempre será compartida por ambas partes, y por el contrario la guarda y custodia en Cádiz podrá ser compartida, como hemos visto en el apartado anterior, o exclusiva también llamada monoparental. Para tomar esa decisión, siempre se pondrá sobre todo el interés del o de los hijos.
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GUARDA Y CUSTODIA EXCLUSIVA
En este tipo de guarda y custodia, la custodia de los hijos corresponde a uno solo de los cónyuges en un divorcio en el que han convivido como esposos. Esto se denomina custodia exclusiva o monoparental porque solo una persona ejerce la autoridad conjunta sobre su cuidado mientras que la otra no tiene derecho a estar presente o a recibir visitas a menos que se disponga lo contrario mediante un acuerdo entre ambas partes implicadas en este tipo de arreglo denominado Derecho de Visitas.
Como ya hemos visto anteriormente, la guarda y custodia en Cádiz y la patria potestad se refieren a conceptos diferentes. La primera se refiere a los derechos y deberes asociados a la convivencia con los hijos; la segunda se refiere específicamente a lo que los padres pueden controlar cuando se trata de decisiones sobre la crianza de los hijos, y no por ello tienen que convivir estrictamente con ellos.
Por tanto, aunque un progenitor tenga la guarda y custodia exclusiva de los hijos, la patria potestad de estos siempre será compartida, salvo algunos casos muy concretos en los que no se puede llevar a cabo.
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